Validación Periódica de la Colegiación
¿Qué es la VPC?
Es un tipo de certificación en la que los Colegios de Médicos, como entes certificadores, evalúan y reconocen la buena praxis profesional, el adecuado estado psicofísico y el Desarrollo Profesional Continuo de los médicos para el ejercicio de la profesión.
Así pues, la VPC da fe de que el médico que la obtiene reúne y mantiene los estándares de calidad definidos para ejercer como médico. Una recertificación que la Unión Europea elevará a obligatoria a partir del próximo año 2017, por lo que la OMC ha establecido la exigencia de que se cumplimente a lo largo del presente año 2016.
La VPC entrará en vigor en el primer trimestre de 2016.
Los médicos que dispongan de DNI electrónico (y lector) podrán hacerlo en su domicilio, mientras que aquellos que no dispongan de esta tecnología podrán desplazarse al Colegio de Médicos, donde entregarán la documentación necesaria para validar la colegiación.
La Validación Periódica de la Colegiación es un programa estructurado en cuatro módulos:
- Validación Colegial de Buena Praxis, (solicitado al Colegio de Médicos),
- Certificado Médico de Aptitud Psicofísica, (expedido por una unidad de salud laboral o por su Médico de Cabecera),
- Resumen de vida laboral, expedido por la Gerencia de Salud u Hospital, cuando el empleador trabaja por cuenta ajena o centro concertado, (no valido Seguridad Social) y en el caso de trabajar por cuenta propia o autónomo, certificado de alta en el impuesto de actividades económicas (IAE), en el supuesto caso de trabajar en centro de salud privado, lo emitiría su centro, clínica etc.. O para los que trabajan en ambos, (centro concertado y privado), les serviría cualquiera de los dos.
- Resumen de actividades de formación continuada (FMC) y Desarrollo Profesional Continuo (DPC), (voluntario).
Recertificación
- La recertificación debe ser entendida como “un proceso periódico para renovar una credencial conseguida, que garantiza la cualificación para el ejercicio profesional habitualmente atribuida a la renovación de las competencias específicas de una especialidad médica".
- La VPC certifica, por periodos de 6 años, la buena praxis, la vida laboral del médico y su aptitud psicofísica, tres elementos obligatorios, además de uno opcional que es el bagaje formativo, algo que entronca con el Desarrollo Profesional Continuo.
- Entrará en vigor en 2017, según marca la Directiva Europea de Cualificaciones Profesionales.
Normativa:
- La directiva 2013/55/UE insta a los Estados miembros de la Unión Europea a impulsar el Desarrollo Profesional Continuo de los médicos, que debe abarcar la evolución técnica, científica, normativa y ética, así como motivar a los profesionales para que participen en formaciones de aprendizaje permanente relacionadas con su profesión.
- Artículo 6 de la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS) “los profesionales sanitarios realizarán a lo largo de su vida una formación continuada y acreditarán regularmente sus competencias profesionales”.
- Artículo 7.3 del actual Código de Deontología "la formación médica continuada es un deber ético, un derecho y una responsabilidad de todos los médicos a lo largo de su vida profesional”. Artículo 21 "el médico tiene el deber de prestar a todos los pacientes una atención médica de calidad humana y científica".
- Artículo 6 del Real Decreto para regular los Registros Públicos de Profesionales de los Colegios de Médicos que “contendrán, al menos, con los siguientes datos de los profesionales sanitarios: …, Titulación, Colegiación, Recertificación, Situación profesional, Ejercicio Profesional, Lugar de ejercicio, Categoría profesional, Función, Situación de habilitación profesional.”
INICIO PROCESO PARA LA VALIDACIÓN
Video informativo sobre la Validación Periódica de la Colegiación
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